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Agencia Nacional de Materiales Controlados Artículo 13 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/09/2024

Agencia Nacional de Materiales Controlados Nacional
Artículo 13. Deberes y funciones del director ejecutivo

El director ejecutivo de la Agencia Nacional de Materiales Controlados tendrá los siguientes deberes y funciones:

1. Ejercer la representación, dirección y administración general de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, suscribiendo a tal fin los actos administrativos pertinentes.

2. Aprobar el Plan Estratégico de la Agencia Nacional de Materiales Controlados y el Plan de Acción de Prevención de la Violencia Armada, a cuyo efecto deberá solicitar la colaboración y asistencia del Comité de Coordinación de las Políticas de Control de Armas de Fuego y del Consejo Consultivo de las Políticas de Control de Armas de Fuego, conforme lo establecido en la ley 26.216. 3. Representar al Estado nacional o designar personal idóneo para su representación, en todos aquellos procesos que se desarrollen ante tribunales judiciales o arbitrales, o ante organismos con facultades jurisdiccionales en los que se debatan asuntos de competencia de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, así como también presentarse como parte en causas penales a fin de dar cabal cumplimiento a la Ley Nacional de Armas y Explosivos, 20.429, y demás normativa aplicable en la materia.

4. Dictar las normas reglamentarias necesarias para el funcionamiento operativo del organismo.

5. Toda otra atribución necesaria para el cumplimiento de las funciones del organismo.



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La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?


Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744): Esta ley regula los derechos laborales en general y establece que los trabajadores tienen derecho a pausas para descanso, que suelen ser de al menos 15 minutos si la jornada laboral supera las 4 horas.

Convenios Colectivos de Trabajo: Para los docentes y personal administrativo de las escuelas públicas, los derechos específicos pueden estar detallados en los convenios colectivos correspondientes. Estos convenios pueden variar entre provincias y jurisdicciones, y establecen aspectos como el tiempo de descanso, horario laboral y otras condiciones.


el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)


Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias


hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.


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