Adhesión de la provincia a la Ley Nacional N° 27.499, la cual establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública (Adhesión de la provincia a la Ley Nacional N° 27.499) Provincia de San Juan
Adhesión de la provincia a la Ley Nacional N° 27.499, la cual establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública Provincia de San Juan
- Artículo 1. Adhiérase la Provincia de San Juan a las disposiciones de la Ley Nacional...
- Artículo 2. Es autoridad de aplicación de la presente Ley el Ministerio de Desarrollo...
- Artículo 3. Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en un plazo de noventa (90)...
- Artículo 4. El incumplimiento de la formación y capacitación conforme los contenidos...
- Artículo 5. Invítase a los municipios de la Provincia de San Juan a adherir a la...
- Artículo 6. De conformidad con lo previsto en el Artículo 2°, la autoridad de...
- Artículo 7. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Aprobación de Convenio para realizar obras de infraestructura y fortalecimiento comunitario en el Departamento de Sarmiento Creación del Colegio de Ciencias Informáticas Aprobacion de Acta Complementaria, entre el Ministerio de Educación y Universidad Católica de Cuyo Línea Global de Financiamiento para el Desarrollo Productivo Adhesión de la provincia al DNU 678/2021Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios