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Adhesión de la Provincia a la Ley Nacional 27.260 Artículo 10 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Adhesión de la Provincia a la Ley Nacional 27.260 Mendoza
Artículo 10.

Serán pasibles de una multa equivalente a seis (6) veces el valor del Impuesto Automotor que corresponda al ejercicio en curso al momento de la constatación, sin perjuicio de la responsabilidad criminal por delitos comunes, los sujetos que hubieren registrado en extrañas jurisdicciones vehículos que deban tributar en Mendoza de conformidad con el Código Fiscal de la Provincia. En ningún caso la sanción prevista en esta norma podrá exceder del diez por ciento (10%) del valor del vehículo de que se trate. Detectada la presunta infracción, conjuntamente con el inicio del sumario, el funcionario actuante deberá formular denuncia penal en el plazo de diez (10) días, y en el mismo plazo poner los hechos detectados en conocimiento de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y del Fisco en el cual se encuentre registrado el rodado.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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