Adhesión de la Provincia a la Ley Nacional 27.260 (Adhesión de la Provincia a la Ley Nacional 27.260) Provincia de Mendoza
Adhesión de la Provincia a la Ley Nacional 27.260 Provincia de Mendoza
- Artículo 1. Adhiérase la Provincia de Mendoza al Sistema voluntario y excepcional...
- Artículo 2. Libérase del pago de los tributos provinciales que hubieren correspondido a...
- Artículo 3. Libérase a los sujetos comprendidos en el artículo precedente de toda...
- Artículo 4. Los depósitos efectuados conforme al Artículo 44 de la Ley Nacional...
- Artículo 5. Las operaciones que efectúen los sujetos beneficiados a los fines de...
- Artículo 6. Los beneficios excepcionales previstos en la presente Ley sólo se mantendrán...
- Artículo 7. Incorpórase a partir del 01 de enero de 2.017 al régimen de autodeclaración...
- Artículo 8. Ninguna de las disposiciones de la presente ley deberá ser considerada...
- Artículo 9. Los sujetos titulares de vehículos automotores registrados en otras...
- Artículo 10. Serán pasibles de una multa equivalente a seis (6) veces el valor del...
- Artículo 11. A los fines de acceder a los beneficios establecidos en el Artículo 9°...
- Artículo 12. Facúltase a la Administración Tributaria Mendoza a dictar las normas...
- Artículo 13. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Instituyen el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer Creación del Programa Mendoza Activa Eficiencia Intereses Moratorios Plan Provincial de Promoción del Empleo compuesto por los Programas Red Provincial de Empleo y ENLACE Ratifíquese el Decreto 937/22 - Adicional para los agentes Ratifíquese el Decreto 937/22 - Adicional para los agentes de la PolicíaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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