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Adhesión al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 228/16 del Poder Ejecutivo Nacional Artículo 6 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Adhesión al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 228/16 del Poder Ejecutivo Nacional Mendoza
Artículo 6.

Autorízase al Poder Ejecutivo hacer "Uso del Crédito" por hasta la suma de pesos quinientos sesenta y un millones ($ 561.000.000), en un todo de acuerdo con lo previsto por los Artículos 60, 64 y 66 de la Ley 8.706 en operatorias con proveedores y/o organismos que financien en forma directa o indirecta la compra de bienes de capital a los efectos de garantizar los objetivos del Sistema de Seguridad Pública previsto en la Ley 6.721. Estas operatorias deberán acreditar su razonabilidad, y dar la vista previa Fiscalía de Estado. Los bienes a adquirir y los montos autorizados serán los siguientes:

1. Adquisición de hasta Ciento Veinte (120) móviles con Sistema Tecnológico Inteligente.

Valor de Pesos Sesenta y Dos Millones ($ 62.000.000). Distribuidos entre los dieciocho Departamentos de la Provincia, asegurando un mínimo de dos móviles por departamento, sin afectar la cantidad de móviles actualmente asignados.

El resto se distribuirá de conformidad con el criterio del Director General de Policía de la Provincia.

2. Adquisición de equipamiento para la cantidad máxima de Doscientos (200) móviles existentes del Sistema Tecnológico Inteligente, por un valor de Pesos Veintidós Millones ($ 22.000.000).

3. Adquisición de hasta Diez (10) scanners fijos y/ móviles para los controles de fronteras, límites y lugares críticos, por un valor de Pesos Doce Millones ($ 12.000.000).

4. Desarrollo y actualización del Sistema de Información Policial por un valor de Pesos Treinta y Seis Millones ($ 36.000.000).

5. Adquisición de equipamiento para seguridad vial (identificadores de patentes, de velocidad, radares y elementos complementarios) por un valor de hasta Pesos Veinticuatro Millones ($ 24.000.000).

6. Adquisición de chalecos antibalas, uniformes policiales, pistolas 9mm, quinientas mil municiones y equipamiento especial; por un monto total por todo concepto de hasta Pesos Setenta Millones ($ 70.000.000).

7. Plan de obras de mejoramiento y refacción de Ciento Sesenta y Cinco (165) dependencias policiales por un monto de hasta Pesos Ciento Cincuenta Millones ($ 150.000.000).

8. Plan de obras de mejoramiento y refacción de unidades penitenciarias por un monto de hasta Pesos Ciento Veinticinco Millones ($ 125.000.000).

9. Plan de obras de mejoramiento y refacción de unidad penitenciaria de San Rafael por un monto de hasta Pesos Treinta y Cinco Millones ($ 35.000.000).

10. Fortalecimiento del sistema judicial en materia penal por un monto de hasta Pesos Veinticinco Millones ($ 25.000.000.) destinados a construcción y/o mejoramiento edilicio de la Comisaría de la Mujer (Ley 8.804), unidades fiscales en general y especiales contra la violencia intrafamiliar y de género.



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Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?

Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.

No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.


Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?


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