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Adecuacion de precios para la provisión de bienes o prestación de servicios Artículo 12 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Adecuacion de precios para la provisión de bienes o prestación de servicios San Juan
Artículo 12. Cláusulas transitorias

Para los diferentes estadios de los contratos de provisión de bienes o prestación de servicios, anteriores a la vigencia de la presente ley, se aplicará la misma en los siguientes supuestos:

a)Para las contrataciones que aún no verificaron apertura de oferta, se aplica el presente régimen de adecuación de precios. A tal efecto, quien efectuó el llamado debe comunicar mediante nota aclaratoria a los oferentes tal situación, y en caso de corresponder, adecuar los plazos de presentación de la oferta.

b)Para todos aquellos contratos adjudicados, con o sin principio de ejecución, en los que no haya estado prevista la adecuación de precios, la misma puede realizarse a partir de la solicitud del proveedor, cumpliendo con los requisitos que determina la reglamentación.



Provincia de San Juan Artículo 12 Adecuacion de precios para la provisión de bienes o prestación de servicios
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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