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Sistema Provincial de Salud Pública Artículo 23 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Sistema Provincial de Salud Pública Chaco
Artículo 23. Objetivos

Son objetivos del sector estatal de salud:

a) Contribuir a la disminución de los desequilibrios sociales, mediante el acceso universal, la equidad y la calidad en la atención de la salud, dando prioridad a las acciones dirigidas a la población más vulnerable y a las causas de morbimortalidad prevenibles y reductibles.

b) Desarrollar políticas sanitarias centradas en la familia, para la promoción comunitaria de herramientas que contribuyan a disminuir la morbimortalidad materno-infantil, promover la lactancia en el primer año de vida y generar condiciones adecuadas de nutrición.

c) Desarrollar políticas integrales de prevención y asistencia frente al VIH/SIDA, adicciones, violencia urbana, violencia familiar y todos aquellos problemas que surjan de la vigilancia epidemiológica y socio-sanitaria.

d) Desarrollar la atención integrada e integral de los servicios con otros sectores.

e) Reconocer y desarrollar la interdisciplina y la multidisciplina en salud.

f) Jerarquizar la participación de la comunidad en todas las instancias contribuyendo a la formulación de la política sanitaria, la gestión de los servicios y el control de las acciones.

g) Asegurar la calidad de la atención en los servicios.

h) Organizar los servicios por redes y niveles de atención, estableciendo y garantizando la capacidad de resolución correspondiente a cada nivel.

i) Establecer la extensión horaria de los servicios y programas y el desarrollo de la organización por cuidados progresivos, internación domiciliaria, cirugía ambulatoria y el funcionamiento de los hospitales de día, la internación prolongada sin necesidad de tecnología asistencial y demás modalidades requeridas por el avance de la tecnología de atención.

j) Garantizar el desarrollo de la salud laboral y de los comités de bioseguridad hospitalarios.

k) Establecer la creación de comités de ética en los efectores.

l) Descentralizar la gestión en los niveles locales del sector, aportando los recursos necesarios para su funcionamiento.

m) Garantizar la educación permanente y la capacitación en servicio, la docencia e investigación en sus servicios.

n) Desarrollar el presupuesto por programa, con asignaciones adecuadas a las necesidades de la población.

ñ) Desarrollar una política de medicamentos, basada en la utilización de genéricos y en el uso racional que garantice calidad, eficacia, seguridad y acceso a toda la población, con o sin cobertura social.

o) Instituir la historia clínica única para todos los efectores.

p) Desarrollar un sistema de información que permita un inmediato acceso a la historia, clínica única y a la situación de cobertura de las personas que demandan servicios, garantizando la confidencialidad de los datos y la no discriminación.

q) Priorizar la atención integral de las personas con necesidades especiales y proveer las acciones necesarias para su rehabilitación funcional y reinserción social.

r) Contribuir al cuidado y preservación del medio ambiente.

s) Promover el cambio en los hábitos, costumbres y actitudes que afectan a la salud.

t) Fortalecer el ejercicio de los derechos reproductivos de las personas a través de la información, educación, métodos y prestaciones de servicios.

u) Eliminar los efectos diferenciales de la inequidad sobre la mujer en la atención de salud.

v) Desarrollar en coordinación con la Nación, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el establecimiento de una red integrada de servicios de salud.



Provincia del Chaco Artículo 23 Sistema Provincial de Salud Pública
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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