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Sistema Provincial de Salud Pública Artículo 14 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Sistema Provincial de Salud Pública Chaco
Artículo 14. Funciones

La autoridad de aplicación conduce, controla y regula el sistema de salud, con las siguientes funciones:

a) La formulación, planificación, ejecución, seguimiento y control de las políticas de salud de conformidad con los principios y objetivos establecidos en la presente ley y en la Constitución de la Provincia del Chaco 1957-1994.

b) El impulso de la jerarquización de los programas y acciones de promoción y prevención.

c) La organización general y el desarrollo del sector estatal de salud, basado en la constitución de redes y niveles de atención.

d) La descentralización del sector estatal de salud, incluyendo el desarrollo de las competencias locales y de la capacidad de gestión de los servicios, proveyendo los recursos presupuestarios para tal fin.

e) La promoción de la capacitación permanente de todo el personal de los tres sectores.

f) La promoción de la salud laboral y la prevención de las enfermedades laborales de la totalidad del personal de los tres sectores.

g) La implementación de una instancia de información, vigilancia epidemiológica y sanitaria y de planificación estratégica como elemento de gestión de todos los niveles.

h) La articulación y complementación con el sector privado y de la seguridad social.

i) La regulación y control del ejercicio de todas las profesiones relacionadas con la salud.

j) La regulación, habilitación, categorización, acreditación y control de los establecimientos dedicados a la atención de la salud, y la evaluación de la calidad de atención en todos los sectores.

k) La regulación y control de la tecnología sanitaria.

l) La regulación y control de la producción, comercialización y consumo de productos alimenticios, suplementos dietarios, complementos, medicamentos, insumos médico-quirúrgicos y de curación, materiales odontológicos, materiales de uso veterinario y zooterápicos, productos de higiene y cosméticos.

m) La regulación y control de la publicidad de medicamentos, suplementos dietarios, complementos y de todos los artículos relacionados con la salud.

n) La promoción de medidas destinadas a la conservación y el mejoramiento del medio ambiente.

ñ) La prevención y control de las zoonosis.

o) La prevención y control de las enfermedades transmitidas por alimentos.

p) La promoción y protección de la salud bucal y la prevención de las enfermedades bucodentales.

q) La regulación y control de la fabricación, manipulación, almacenamiento, venta, transporte, distribución, suministro y disposición final de sustancias o productos tóxicos o peligrosos para la salud de la población.

r) El control sanitario de la disposición de material anatómico y cadáveres de seres humanos y animales.

s) El desarrollo de un sistema de información básica y uniforme de salud para todos los sectores, incluyendo el establecimiento progresivo de la historia clínica única.

t) La promoción e impulso de la participación de la comunidad.

u) La garantía del ejercicio de los derechos reproductivos de las personas, incluyendo la atención y protección del embarazo, la atención adecuada del parto, y la complementación alimentaria de la embarazada, de la madre que amamanta y del lactante.

v) El establecimiento de un sistema único frente a emergencias y catástrofes con la participación de todos los recursos de salud provinciales.

w) La concertación de políticas sanitarias con el Gobierno Nacional, otras jurisdicciones provinciales y los municipios.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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