Sistema o Régimen de Deducciones Directas con Código de Descuento (Sistema o Régimen de Deducciones Directas con Código de Descuento) Provincia del Chaco
Sistema o Régimen de Deducciones Directas con Código de Descuento Provincia del Chaco
- Artículo 1. OBJETO
- Artículo 2. ORDEN PUBLICO
- Artículo 3. BANCARIZACION
- Artículo 4. SISTEMA INFORMATICO
- Artículo 5. LIMITE DE DEDUCCIONES
- Artículo 6. CONCEPTOS EXCLUIDOS
- Artículo 7. PROHIBICIONES
- Artículo 8. IRREGULARIDADES E INCUMPLIMIENTO
- Artículo 9. PROTECCION DE DATOS
- Artículo 10. AUTORIDAD DE APLICACION
- Artículo 11. FACULTADES
- Artículo 12. COORDINACION DE ACCIONES
- Artículo 13. REGISTRO DE TITULARES DE CODIGOS DE DESCUENTO
- Artículo 14. DEROGACION
- Artículo 15. DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Artículo 16. La autoridad de aplicación deberá realizar un informe en un plazo de noventa...
- Artículo 17. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Régimen de incentivo fiscal para obras privadas Implementa la obligatoriedad de instalar Botón Antipánico en el transporte de pasajeros Prórroga de la declaración de Emergencia Económica y Financiera hasta el 31 de diciembre de 2023 Institución del Día Provincial del Riñón el segundo jueves del mes de marzo de cada año Prórroga del plazo establecido en el segundo párrafo del art. 179 de la Constitución Provincial que será aplicable a las Rendiciones de Cuentas del Ejercicio 2020Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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