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Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Ar Artículo 32 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina Nacional
Artículo 32.

El Régimen de Reparación Histórica de Agricultura Familiar contempla instrumentos de promoción vinculados a:

1. Sanidad agropecuaria: El ministerio instrumentará planes, programas y proyectos para fortalecer la capacidad de cumplimiento de la legislación sanitaria nacional vigente; y las normativas bromatológicas que se exijan en cada territorio. Se trabajará en las acciones adecuadas para el desarrollo logístico, de infraestructura y de gestión en función del cumplimiento de los requerimientos de sanidad agropecuaria.

2. Beneficios impositivos: La agricultura familiar, campesina e indígena y sus actores serán beneficiarios de descuentos impositivos progresivos cuando la autoridad de aplicación certifique prácticas que impliquen agregado de valor en origen y servicios ambientales en sus diversas manifestaciones.

3. Previsional: Se promoverá un régimen previsional especial para los agricultores y agricultoras familiares, de conformidad al establecido en la ley 26.727 sobre Régimen del Trabajo Agrario.

4. Certificaciones: El Poder Ejecutivo nacional a través de sus órganos técnicos autorizados, garantizará la certificación de calidad u otras exigencias del mercado internacional, cuando sectores de la agricultura familiar, campesina e indígena necesiten exportar. El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, a través de un Sistema de Certificación Participativa, asegurará la certificación en procesos y productos de circulación nacional.

5. Promuévase la creación de un seguro integral para la agricultura familiar destinado a mitigar los daños y pérdidas sufridas por fenómenos de emergencia o catástrofe, accidentes laborales, pérdida o robo de animales, productos forestales, agrícolas, máquinas e implementos rurales.

6. Créditos: El ministerio deberá convenir con el Banco de la Nación Argentina, la creación de líneas de crédito específicas, con tasas de interés subsidiadas y garantías compatibles con las características de la actividad, que financien a largo plazo la adquisición de inmuebles, maquinarias, vehículos, y a corto plazo la compra de insumos, gastos de comercialización, transporte, etc.

Los créditos de un monto de hasta diez (10) canastas básicas, tendrán como requisitos exigibles al productor estar inscripto en el RENAF, en el monotributo social y contar con un plan de inversión avalado técnicamente por algún organismo nacional o provincial pertinente, Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) o la Secretaría de Agricultura Familiar.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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