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Regulacion del transporte y distribucion de gas natural. Privatizacion de gas del estado sociedad de Artículo 83 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Regulacion del transporte y distribucion de gas natural. Privatizacion de gas del estado sociedad del estado Nacional
Artículo 83.

Establécese un período de un año, prorrogable sólo por un año más por decreto del Poder Ejecutivo Nacional, a partir de la vigencia de la presente ley, durante el cual se fijará como objetivo de política energética, la diversificación de la oferta productiva de gas. El Poder Ejecutivo Nacional podrá reducir los plazos indicados si se logra antes el objetivo enunciado.

Durante este período el Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, fijará para el mercado interno los precios máximos de gas en punto de ingreso al sistema de transporte a percibir por los productores. Finalizado dicho período, se desregularán los precios de gas en punto de ingreso al sistema de transporte y las transacciones de oferta y demanda gasífera serán libres dentro de las pautas que orientan el funcionamiento de la industria, de acuerdo con el marco regulatorio.

Nacional Artículo 83 Regulacion del transporte y distribucion de gas natural. Privatizacion de gas del estado sociedad del estado
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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