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Regulación del Ejercicio de la Actividad Farmacéutica Artículo 50 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Regulación del Ejercicio de la Actividad Farmacéutica Misiones
Artículo 50.

En las farmacias deben mantenerse actualizados los siguientes libros, foliados y rubricados por la Autoridad de Aplicación: 1) libro recetario, en el que se anotan diariamente y por orden numérico correlativo las recetas despachadas de medicamentos de expendio legalmente restringido y de expendio bajo receta archivada, haciendo constar el nombre del profesional que las firma. El farmacéutico a cargo de la dirección técnica debe firmar diariamente el registro de cada receta, aún cuando no tenga recetas para registrar, en cuyo caso deben escribir "sin movimiento" y firmar al finalizar. Cuando la Autoridad de Aplicación autoriza la utilización de registros informáticos, se debe asegurar la inviolabilidad del sistema;

2) libro controlador de estupefacientes;

3) libro contralor de psicotrópicos;

4) libro de actas e inspecciones;

5) libro de tóxicos; y 6) libro de registro de intervenciones de gabinete Deben llevarse en forma legible y no dejar espacios en blanco, sin alterar el orden de los asientos de las recetas dispensadas y sin enmiendas ni raspaduras no salvadas.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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