Regimen legal de fondos comunes de inversion (Regimen legal de fondos comunes de inversion) Nacional
Regimen legal de fondos comunes de inversion Nacional
- Artículo 1. Denominaciones y características principales
- Artículo 2. La denominación fondo común de inversión abierto o cerrado, respectivamente,...
- Artículo 3. Dirección y administración.Custodia
- Artículo 4. La sociedad gerente y la sociedad depositaría son responsables, de manera...
- Artículo 5. La sociedad gerente podrá administrar varios fondos comunes de inversión, en...
- Artículo 6. La gestión del haber del Fondo Común de Inversión debe ajustarse a los...
- Artículo 7. Prohibiciones
- Artículo 7 bis. Se podrán constituir Fondos Comunes de Inversión destinados exclusivamente a...
- Artículo 8. Las limitaciones establecidas en el artículo 7° de la presente ley...
- Artículo 9. No pueden integrar los órganos de administración y fiscalización de las...
- Artículo 10. Sindicatura
- Artículo 11. Reglamento de gestió
- Artículo 12. La suscripción de cuotapartes del Fondo Común de Inversión implica, de pleno...
- Artículo 13. El reglamento de gestión debe especificar los aspectos que se indican a...
- Artículo 14. Depósito - Bienes - Indivisió
- Artículo 15. La indivisión del patrimonio de un Fondo Común de Inversión no cesa a...
- Artículo 16. La desvinculación de los copartícipes en la indivisión de un Fondo Común de...
- Artículo 17. Las sumas en moneda nacional y extranjera no invertidas, pertenecientes al...
- Artículo 18. Certificados
- Artículo 19. En caso de robo, pérdida o destrucción de uno (1) o más de los certificados,...
- Artículo 20. Suscripción y rescate de fondos comunes de inversión abiertos
- Artículo 21. La emisión de cuotapartes podrá acrecentarse en forma continua, conforme a...
- Artículo 22. Los cuotapartistas del Fondo Común de Inversión Abierto tienen el derecho a...
- Artículo 23. La sociedad gerente está facultada a establecer en el reglamento de gestión...
- Artículo 24. Los suscriptores de cuotapartes gozarán del derecho a la distribución de las...
- Artículo 25. Tratamiento impositivo
- Artículo 26. Liquidació
- Artículo 27. Difusión pública
- Artículo 28. La difusión de información dispuesta en el artículo precedente debe...
- Artículo 29. La publicidad y anuncios que practiquen los fondos comunes de inversión con...
- Artículo 30. Rescisió
- Artículo 31. La rescisión podrá evitarse si se celebrase nuevo convenio en reemplazo del...
- Artículo 32. Fiscalización, supervisión y registro
- Artículo 33. En caso que uno de los órganos del Fondo Común de Inversión hubiere dejado de...
- Artículo 34. Sin perjuicio de la fiscalización específica atribuida por esta ley a la...
- Artículo 35. Sanciones
- Artículo 36. El procedimiento sumarial podrá ser promovido de oficio por el organismo...
- Artículo 37. Sólo las resoluciones que apliquen apercibimiento dan lugar al recurso de...
- Artículo 38. Plazo
- Artículo 39. El Poder Ejecutivo nacional reglamentará esta ley dentro de los treinta (30)...
- Artículo 40. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Derecho de Acceso a la Información Pública Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe Extensión de la constitución del Fondo de Compensación de Ingresos para la Producción Algodonera Protocolo de Enmienda al Convenio para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación, por su valor histórico y cultural el inmueble de la Confitería del MolinoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)
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