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Régimen jurídico para la prevención y el control del dopaje en el deporte Artículo 88 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Régimen jurídico para la prevención y el control del dopaje en el deporte Nacional
Artículo 88. Facilitación de la tarea de la Agencia Mundial Antidopaje y otras organizaciones

Para posibilitar la realización de pruebas clínicas a los atletas y que las muestras se puedan transportar a los laboratorios a tiempo para ser analizadas, corresponde a los órganos competentes del Poder Ejecutivo Nacional, cuando proceda y de conformidad con la legislación y los procedimientos pertinentes:

a) Facilitar la tarea de la Agencia Mundial Antidopaje y otras organizaciones que actúen de conformidad con el Código Mundial Antidopaje en la ejecución de los controles a sus atletas, durante las competiciones o fuera de ellas, en el territorio nacional;

b) Facilitar el traslado en el momento oportuno de los equipos debidamente autorizados encargados del control del dopaje cuando realizan tareas en ese ámbito;

c) Cooperar para agilizar el envío a tiempo o el transporte transfronterizo de muestras, de tal modo que pueda garantizarse su seguridad e integridad;

d) Prestar asistencia en la coordinación internacional de controles del dopaje realizados por las distintas organizaciones antidopaje y cooperar a estos efectos con la Agencia Mundial Antidopaje.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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