Régimen de promoción e incentivo de futuros profesionales (Régimen de promoción e incentivo de futuros profesionales) Provincia del Chubut
Régimen de promoción e incentivo de futuros profesionales Provincia del Chubut
- Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto establecer un Régimen de Promoción e...
- Artículo 2. El Régimen de Promoción e Incentivo para la formación de Futuros...
- Artículo 3. El monto anual del préstamo será equivalente a la sumatoria de 12 (doce)...
- Artículo 4. Una vez cumplido el programa de desembolsos del préstamo establecido en el...
- Artículo 5. Existirán dos tipos de beneficiarios: 1. Beneficiarios Iniciales:...
- Artículo 6. A los fines de la presente Ley, los establecimientos educativos terciarios o...
- Artículo 7. El Régimen de Promoción e Incentivo de Futuros Profesionales deberá dividir...
- Artículo 8. Los Beneficiarios Iniciales que deban abandonar su residencia habitual para...
- Artículo 9. Los Beneficiarios Terminales, en caso de corresponder, recibirán 2 (dos)...
- Artículo 10. El Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut, a través del área que...
- Artículo 11. La Autoridad de Aplicación deberá elaborar anualmente un Registro de...
- Artículo 12. La Autoridad de Aplicación deberá actualizar anualmente la Guía del...
- Artículo 13. En caso que una o varias carreras, incluidas en el padrón de carreras...
- Artículo 14. REQUISITOS
- Artículo 15. CANTIDAD Y DESTINO
- Artículo 16. SELECCIÓN POSTULANTES
- Artículo 17. RENOVACIÓN
- Artículo 18. Para la renovación del préstamo el beneficiario se compromete a certificar...
- Artículo 19. La Autoridad de Aplicación podrá contemplar la posibilidad de aplicar...
- Artículo 20. El otorgamiento del préstamo obligará al Beneficiario a ejercer su profesión...
- Artículo 21. El obligado deberá otorgarle prioridad en el ejercicio de su profesión a la...
- Artículo 22. Las Administraciones Estatales de la Provincia, en cualquiera de sus...
- Artículo 23. POSIBILIDAD DE PRÓRROGA
- Artículo 24. Se podrá suspender la aplicación del régimen automáticamente en las...
- Artículo 25. El compromiso de devolución de los montos percibidos en concepto de préstamo...
- Artículo 26. El abandono de los estudios o quebrantamiento del deber establecido para...
- Artículo 27. DISPOSICIONES GENERALES FINANCIAMIENTO
- Artículo 28. La Autoridad de Aplicación eximirá al Beneficiario de la devolución del...
- Artículo 29. La Autoridad de Aplicación deberá analizar la situación de los Beneficiarios...
- Artículo 30. Los montos de dinero restituidos en virtud del cumplimiento de los artículos...
- Artículo 31. Facúltese a la Autoridad de Aplicación a redactar las reglamentaciones...
- Artículo 32. La presente Ley tendrá vigencia a partir de su efectiva reglamentación, que...
- Artículo 33. LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Créase el Registro Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas Consolidación Legislativa Adhesión provincial a la Ley Nacional N°27.279 Autorización al Poder Ejecutivo Provincial. Convenio de Asistencia Financiera. Programa para la Emergencia Financiera Provincial Crean plan de acceso a la vivienda para personas transgénero, transexuales y travestisMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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