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Protección del Medio Ambiente Artículo 98 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Protección del Medio Ambiente Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 98.

La Autoridad de Aplicación tendrá las siguientes atribuciones:

a) Elaborar, coordinadamente con los demás organismos provinciales, el programa de política y gestión ambiental;

b) Aprobar los estudios de evaluación ambiental en todas las etapas de desarrollo de cada proyecto;

c) Vigilar y controlar la ejecución de proyectos, obras y acciones degradantes o susceptibles de degradar el ambiente;

d) Vigilar en forma permanente el estado del ambiente, cuantificando los niveles reales y el potencial previsible de degradación;

e) Conducir y mantener actualizado un sistema provincial de informática ambiental;

f) Preparar el anteproyecto de presupuesto y las recomendaciones de asignaciones presupuestarias para atender los requerimientos de programas relativos a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente;

g) Fomentar, programar y desarrollar estudios ambientales;

h) Proponer las reformas e innovaciones que fueren necesarias o convenientes;

i) Vigilar la aplicación de normas relacionadas con la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente;

j) Promover, programar y desarrollar la información, formación y capacitación de los agentes de la Administración Pública Provincial y de los particulares, en todo lo concerniente al ambiente;

k) Programar acciones de preservación, conservación y mejoramiento del ambiente;

l) Investigar de oficio o por denuncia de cualquier particular, las acciones u obras degradantes o susceptibles de degradar el ambiente;

m) Llevar un Registro especial de las entidades ambientalistas y establecer las condiciones que deberán acreditar para la inscripción en él;

n) Delegar en todas aquellas entidades de su propia administración (centralizadas, descentralizadas, entes autárquicos, etc.) y en las Municipalidades y Comunas la fiscalización de las normas reglamentarias que en su consecuencia se dicten, responsabilizándolas de las acciones contempladas en los incisos c), d) e i) del presente artículo.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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