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Programa Provincial de Protección y Acompañamiento de Testigos y Víctimas y Fondo Provincial de Reco Artículo 26 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Programa Provincial de Protección y Acompañamiento de Testigos y Víctimas y Fondo Provincial de Recompensas Santa Fe
Artículo 26. De los subdirectores

Los subdirectores provinciales del "programa" son los responsables de la organización y tareas de sus respectivas áreas y tendrán las funciones que sean delegadas por el Director Provincial del Programa y otras que les asigne el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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