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Programa Provincial de Consumo Responsable de Sal Artículo 4 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Programa Provincial de Consumo Responsable de Sal La Pampa
Artículo 4. Definiciones

A los efectos de la presente se entiende por:

a) Sal dietética con bajo contenido de sodio: mezclas salinas, que por su sabor (sin aditivos aromatizantes) sean semejantes a la sal de mesa (cloruro de sodio). Podrán ser adicionadas de substancias antiaglutinantes y/o sápido aromáticas conforme lo establecido en el artículo 1380 del Código Alimentario Argentino, Ley 18284.

b) Convenio Voluntario y Progresivo de Reducción del Contenido de Sodio en los Alimentos Procesados con las Industrias Alimentarias: convenio que tiene como objetivo que los sujetos públicos y privados vinculados a la cadena alimentaria consensuen la reducción voluntaria y progresiva del contenido de sodio en alimentos industrializados a fin de disminuir el consumo de sodio en la población argentina en el marco Iniciativa "Menos Sal, Más Vida: que lleva a cabo el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.

c) Establecimientos gastronómicos y/o afines públicos o privados en donde expendan y/o se consuman aquellos:

restaurantes, confiterías, bares, locales y/o similares en los cuales como actividad habitual se expendan y/o consuman alimentos destinados para su consumo final, establecimientos educativos donde se brinden alimentos a alumnos/as, establecimientos de Salud, Hospitales, Centros de Salud, Geriátricos.



Provincia de La Pampa Artículo 4 Créando el Programa Provincial de Consumo Responsable de Sal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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