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Programa, Prevención y Control de los Trastornos Alimenticios Artículo 6 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Programa, Prevención y Control de los Trastornos Alimenticios Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 6.

El Ministerio de Salud coordinará con el Ministerio de Educación, el Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretarias y Direcciones de niveles la implementación de las siguientes acciones:

a) la incorporación de la Educación Alimentaria Nutricional (EAN) en el sistema educativo en todos sus niveles, como así también de medidas que fomenten la actividad física y eviten el sedentarismo, y la promoción de un ambiente escolar saludable;

b) la capacitación de educadores, trabajadores sociales, trabajadores de la salud y demás operadores comunitarios a fin de formar agentes aptos para:

1. contribuir a la capacitación, perfeccionamiento y actualización de conocimientos básicos sobre la problemática alimentaria;

2. detectar adecuadamente las situaciones de vulnerabilidad y promover acciones y estrategias para abordarlas a través de una adecuada orientación o derivación;

c) la realización de talleres y reuniones para dar a conocer a los padres cuestiones relativas a la prevención de los trastornos alimentarios, y los peligros de los estilos de vida no saludables; y d) el desarrollo de estándares provinciales para garantizar que los planes alimentarios cumplan con los aspectos nutricionales adecuados para la población.

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 6 Salud: Programa, Prevención y Control de los Trastornos Alimenticios
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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