Programa de Acción Cooperativa (Programa de Acción Cooperativa) Nacional
Programa de Acción Cooperativa Nacional
- Artículo 1. Créase el Fondo para Educación y Promoción Cooperativa cuyas finalidades...
- Artículo 2. El fondo para educación y promoción cooperativa se integrará con los...
- Artículo 3. Facúltase a la Secretaría de Acción Cooperativa a administrar y aplicar los...
- Artículo 4. Para el mejor cumplimiento de las finalidades establecidas en la...
- Artículo 5. El Poder Ejecutivo procederá a reglamentar dentro del plazo de noventa (90)...
- Artículo 6. Establécese con carácter transitorio una contribución especial que se...
- Artículo 7. Liquidación. Base imponible
- Artículo 8. Valuación del activo
- Artículo 9. Exenciones
- Artículo 10. ienes computables y no computables
- Artículo 11. ienes situados en el exterior con carácter permanente
- Artículo 12. Pasivo Computable
- Artículo 13. Capital. Prorrateo del pasivo
- Artículo 14. Rubros no considerados como activo o pasivo
- Artículo 15. Capital Imponible. Deducciones
- Artículo 16. Alícuota
- Artículo 17. A los efectos de esta ley, los índices de actualización deberán ser...
- Artículo 18. La contribución especial de esta ley se regirá por las disposiciones de la...
- Artículo 19. Para los casos no previstos en esta ley y su reglamento, se...
- Artículo 20. La exención prevista en el artículo 1, inciso e), para las cooperativas de...
- Artículo 21. Las exenciones totales o parciales referidas a títulos, letras, bonos y...
- Artículo 22. El Poder Ejecutivo podrá otorgar, para la contribución especial establecida...
- Artículo 23. El producido de la contribución especial establecida en artículo II se...
- Artículo 24. Invítase a las provincias a dictar, en el ámbito de sus respectivas...
- Artículo 25. Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir de su...
- Artículo 26. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Establécese que todos los actos o hechos que den origen, alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas deberán inscribirse en los correspondientes registros de las provincias, de la nación y de la ciudad autónoma de buenos aires Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos Movilidad de las prestaciones del regimen previsional publico Designación como Ruta de las Misiones Jesuíticas al tramo de la Ruta Nacional N° 12 Regimen de registros nacionalesMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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