Imprimir

Presupuesto Provincial para el Ejercicio 2017 Artículo 18 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Presupuesto Provincial para el Ejercicio 2017 Mendoza
Artículo 18. Fondo Prevención de Incendios, Fondo Articulo 63 Ley N° 6.045 y Aporte a Municipios

Constitúyase, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 6.099, Capítulo III, Artículo 9º y Decreto Reglamentario 768/95, Capítulo III, apartado 6, inciso d), un Fondo mínimo por todo concepto de pesos diez millones ochocientos sesenta y siete mil ochocientos veintiocho ($ 10.867.828). El crédito presupuestario a que hace referencia este Fondo y el crédito presupuestario del "Fondo Permanente para la Gestión y Administración de las Áreas Naturales Protegidas", a que hace referencia el Artículo 63 de la Ley N° 6.045 reglamentado por Decreto 237/01 podrá ser utilizado para reforzar las partidas correlativas de locaciones de servicios y para el pago de adicionales de personal de planta que se desempeñe en tareas de prevención y lucha contra incendios y en tareas relativas a la administración de las áreas protegidas de Mendoza. Fíjese, en cumplimiento del Artículo 53 de la Ley N° 8.051, hasta la suma de pesos dieciocho millones ($ 18.000.000.-) importe éste que será distribuido para los municipios conforme a los porcentajes de coparticipación municipal y con destino a lo que dicha ley prevé,



Provincia de Mendoza Artículo 18 Presupuesto Provincial para el Ejercicio 2017
Artículo 1 ...16 17 18 19 20 ...84

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse