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Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2017 Artículo 72 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2017 Nacional
Artículo 72.

Créase en el ámbito del Ministerio de Agroindustria el Fondo Fiduciario Nacional de Agroindustria denominado Fondagro, que se conformará como un fideicomiso de administración y financiero, con el objeto de incentivar, fomentar y desarrollar, a través de las acciones que se consideren más eficientes, el sector agroindustrial; la sanidad y calidad vegetal, animal y alimentaria; el desarrollo territorial y la agricultura familiar; la investigación pura y aplicada y su extensión en materia agropecuaria y pesquera; y las producciones regionales y/o provinciales en las diversas zonas del país.

A tales fines, dicho Ministerio, a través de su titular, será el fiduciante del Fondagro y Nación Fideicomisos S.A. será su fiduciario, debiendo administrar el Fondagro según las instrucciones del fiduciante.

El Fondagro se constituye en forma permanente y se integrará con los recursos provenientes de las partidas anuales presupuestarias del Tesoro Nacional, de donaciones, y de aportes de organismos provinciales, nacionales e internacionales.

Facúltese al jefe de Gabinete de Ministros a aprobar el flujo y uso de los fondos para el Ejercicio 2017 del mencionado fideicomiso, pudiendo destinar parte de la asignación presupuestaria referida en el artículo anterior.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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