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Políticas públicas para prevenir, reconocer y abordar la conflictividad social en el ámbito escolar Artículo 7 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Políticas públicas para prevenir, reconocer y abordar la conflictividad social en el ámbito escolar Entre Ríos
Artículo 7.

El Consejo General de Educación regulará las sanciones a ser aplicadas a los niños, adolescentes y jóvenes, en caso de transgresión, considerando el paradigma no punitivo y siguiendo las pautas que se detallan a continuación:

a) Deben tener un carácter educativo, enmarcándose en un proceso que posibilite al niño, adolescente o joven, asumir responsabilidades progresivamente teniendo en cuenta la perspectiva de los derechos y deberes, según las características de los diferentes niveles y modalidades.

b) Deben ser graduales y sostener una proporcionalidad en relación con la transgresión cometida.

c) Deben aplicarse contemplando el contexto de las transgresiones en las circunstancias en que acontecen, según los diferentes actores, las situaciones previas y otros factores que inciden en las mismas, manteniendo la igualdad ante las normas.

d) Deben definirse garantizando el derecho del niño, adolescente o joven, a ser escuchado y a formular su descargo.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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