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Pase a planta permanente al personal del Sector Público Provincial Artículo 8 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Pase a planta permanente al personal del Sector Público Provincial Chaco
Artículo 8.

Establécese que con posterioridad a las incorporaciones previstas en esta ley, todo ingreso a la planta permanente de la Administración Pública Provincial, deberá efectuarse por concurso abierto de antecedentes y oposición, debiendo el Poder Ejecutivo arbitrar los medios para la adecuada publicidad de las convocatorias.

Cuando el número de cargos vacantes sea inferior a la cantidad que se pretenda cubrir con la incorporación, el Poder Ejecutivo deberá solicitar al Poder Legislativo la creación de dichos cargos, con anterioridad al llamado a concurso, especificando en forma anexa las necesidades de servicio a cubrir, los perfiles requeridos y el programa al que se incorporarán los agentes seleccionados.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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