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Pase a planta permanente al personal del Sector Público Provincial Artículo 1 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Pase a planta permanente al personal del Sector Público Provincial Chaco
Artículo 1.

El Poder Ejecutivo incorporará a la planta permanente del Estado Provincial, con carácter de excepción, en el proceso de Regularización Laboral y Estabilidad en las relaciones de trabajo en el Sector Público Provincial, a aquellas personas que reúnan las siguientes condiciones:

a) Estar vinculado al mismo bajo la modalidad de contrato de servicio, contrato de locación de obra y personal jornalizado conforme con las resoluciones que constan en planillas anexas I y II, que forman parte integrante de la presente ley, al 31 de julio de 2010 (inciso 2, apartado a), del artículo 4º de la ley 2.017 "de facto", sus modificatorias y complementarias).

b) Permanecer en alguna de las condiciones mencionadas en el inciso anterior, en forma ininterrumpida, al momento de su incorporación, y prestando efectivo servicio bajo la órbita, dependencia funcional y jerárquica, fiscalización y relación directa con el Estado Provincial.

c) No estar incurso en las inhabilidades establecidas en el artículo 16 de la ley 2.017 "de facto", sus modificatorias y complementarias, exceptúandose, por única vez, lo establecido en el inciso 2) del mencionado artículo.

d) Acreditar la antigüedad y real prestación de servicios, mediante examen de antecedentes necesarias para el cargo a desempeñar.

Para el caso de la Administración Tributaria Provincial y en relación con lo establecido en el inciso a) del presente artículo, establécese como fecha límite de vinculación el 30 de noviembre de 2010.



Provincia del Chaco Artículo 1 Pase a planta permanente al personal del Sector Público Provincial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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