Imprimir

Organización y funcionamiento de la Administración Financiera del sector público provincial Artículo 184 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Organización y funcionamiento de la Administración Financiera del sector público provincial Chaco
Artículo 184.

Deróganse las siguientes normas:

a) La Ley 1095 de facto y sus modificatorias.

b) La Ley 2768 de facto.

c) Los artículos 1º y 2º de la Ley 3704.

d) La Ley 3310 y sus modificatorias.

e) La Ley 3720.

f) El inciso 11 del artículo 15, los incisos 5) y 8) del artículo 16 y el inciso 8) del artículo 23 de la Ley 3723.

g) La Ley 3792.

h) La Ley 3793.

i) La Ley 4023.

j) El artículo 2º de la Ley 4040.

k) Toda norma legal o reglamentaria que se oponga a las disposiciones de esta Ley, que no resulte compatible con las mismas o que imposibilite su aplicación.



Provincia del Chaco Artículo 184 Organización y funcionamiento de la Administración Financiera del sector público provincial
Artículo 1 ...182 183 184 185 186 ...189

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse