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Organización y funcionamiento de la Administración Financiera del sector público provincial Artículo 159 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Organización y funcionamiento de la Administración Financiera del sector público provincial Chaco
Artículo 159.

En los servicios administrativos de cada una de las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Provincial se podrán habilitar Unidades de Auditoría Interna que intervendrán en el control interno previo y posterior de los actos sujetos a su fiscalización.

Tales Unidades deberán ser creadas por la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad de que se trate, deberán ajustarse a las normas de organización y funcionamiento que se dicten con encuadre en el artículo 161, y dependerán del funcionario de mayor nivel de la jurisdicción o entidad a la que pertenecen.

El personal destinado a las Unidades de Auditoría Interna deberá pertenecer a la dotación de la respectiva jurisdicción o entidad. No podrá desempeñar simultáneamente funciones que guarden relación con las operaciones sujetas a su examen.



Provincia del Chaco Artículo 159 Organización y funcionamiento de la Administración Financiera del sector público provincial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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