Ordenamiento de Plantas de Incineración de Residuos Peligrosos (Ordenamiento de Plantas de Incineración de Residuos Peligrosos) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Ordenamiento de Plantas de Incineración de Residuos Peligrosos Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Artículo 1. Exceptúase de lo regulado, y ponderando el principio de proximidad, por la...
- Artículo 2. Las plantas de tratamiento de residuos peligrosos por incineración deberán...
- Artículo 3. La autoridad de aplicación de la presente ley deberá establecer...
- Artículo 4. La autoridad de aplicación de la presente ley, sin perjuicio de la Ley...
- Artículo 5. A excepci¢n de las corrientes de residuos peligrosos generados por la...
- Artículo 6. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo de noventa (90)...
- Artículo 7. Derógase la Ley provincial 666.
- Artículo 8. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Aprobación convenio de Asistencia Financiera sobre régimen federal de responzabilidad fiscal Programa provincial de complemento de Vitamina D Fiesta Provincial del Gaucho Fueguino Se dispones que durante el año 2023 la papelería oficial deberá llevar la leyenda 2023 - 40º Aniversario de la Restauración de la Democracia Régimen de jubilaciones y pensiones para el personal dependiente del Estado provincialMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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