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Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego: Creación Artículo 8 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego: Creación Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 8.

El Directorio estará integrado por el Presidente y tres (3) vocales, uno de ellos designado por el Poder Ejecutivo quién desempeñará la vicepresidencia de la Caja y será quién sustituya al Presidente en caso de que por cualquier circunstancia le resulte imposible ejercer sus funciones, otro representará a los afiliados pasivos debiendo ser elegido por el voto directo de los mismos y otro representará a los afiliados activos debiendo ser elegido por el voto directo de los mismos.

Los afiliados activos y pasivos de la Obra Social elegirán sendos suplentes, quienes como tales no se encontrarán alcanzados por la limitación en la acumulación de cargos y empleos, establecida por el artículo 9º de la Constitución Provincial.



Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 8 Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego (OSPTF): Creación
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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