Obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del sistema educativo el mapa bicontinental de la república Argentina (Obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del sistema educativo el mapa bicontin) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del sistema educativo el mapa bicontinental de la república Argentina Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Artículo 1. Establézcanse en el marco de la Ley nacional Nº 26.651, como...
- Artículo 2. Dispónese en el ámbito de la Provincia la obligatoriedad de utilizar en...
- Artículo 3. Establécese que toda publicación de cartografía, folleto o mapa debe incluir...
- Artículo 4. La autoridad de aplicación de la presente ley es la Secretaría de Asuntos...
- Artículo 5. La autoridad de aplicación conjuntamente con el Ministerio de Educación,...
- Artículo 6. Retírase de su circulación las cartografías que no posean lo antedicho en...
- Artículo 7. Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias...
- Artículo 8. Derógase la Ley provincial 403.
- Artículo 9. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Desafectación del inmueble identificado catastralmente como Sección C, Macizo 83, Parcela 1, de la ciudad de Río Grande Aprobación acuerdo al Consenso Fiscal 2021, entre el Estado Nacional y la Provincia, registrado bajo Nº 21.693 Día provincial de las Organizaciones No Gubernamentales Aprobación de la Carta de Intención para el Fortalecimiento del Federalismo Régimen Especial de presentación espontánea y regularización de deudasMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)
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