Objeto. Disposiciones Generales. Derechos y obligaciones de los voluntarios. Términos de adhesión del Acuerdo Básico Común. Medidas de fomento del voluntariado. Disposiciones transitorias Nacional
Objeto. Disposiciones Generales. Derechos y obligaciones de los voluntarios. Términos de adhesión del Acuerdo Básico Común. Medidas de fomento del voluntariado. Disposiciones transitorias Nacional
- Artículo 1. La presente ley tiene por objeto promover el voluntariado social,...
- Artículo 2. Se entenderá por organizaciones en las que se ejerce el voluntariado social...
- Artículo 3. Son voluntarios sociales las personas físicas que desarrollan, por su libre...
- Artículo 4. La prestación de servicios por parte del voluntario no podrá reemplazar al...
- Artículo 5. Se entienden por actividades de bien común y de interés general a las...
- Artículo 6. Los voluntarios tendrán los siguientes derechos: a) Recibir información...
- Artículo 7. Los voluntarios sociales están obligados, a: a) Obrar con la debida...
- Artículo 8. Los términos de adhesión del Acuerdo Básico Común del Voluntario Social...
- Artículo 9. La organización llevará registro escrito de las altas y bajas de los...
- Artículo 10. Cuando la naturaleza de las actividades a realizar demande revisación...
- Artículo 11. La incorporación de menores de edad como voluntarios sólo podrá efectuarse...
- Artículo 12. El Poder Ejecutivo, a través de los organismos correspondientes fomentará...
- Artículo 13. Los voluntarios podrán disfrutar de los beneficios que reglamentariamente se...
- Artículo 14. La actividad prestada como voluntario, debidamente acreditada, constituirá...
- Artículo 15. El Poder Ejecutivo, reglamentará la presente ley dentro de los 90 días de su...
- Artículo 16. Las organizaciones que a la entrada en vigencia de esta ley cuenten con...
- Artículo 17. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO...
Otras regulaciones
Determínase la situación ante el impuesto al valor agregado de los servicios del transporte organizado para el turismo, que resultaren complemento de la actividad mencionada Papel para Diario Aprobación del Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Facultades y Funciones de Seguridad Autorización al señor Presidente de la Nación para ausentarse del país durante el año 2019 Aprobación del Protocolo de Cooperación y Facilitación de Inversiones Intramercosur, suscripto en la Ciudad Autónoma de Buenos AiresMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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