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Normas para la Seguridad Vial Artículo 19 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Normas para la Seguridad Vial Mendoza
Artículo 19.

Es obligatorio para los propietarios de inmuebles lindantes con la vía pública conforme lo determine la reglamentación:

a) Permitir la colocación de placas, señales o indicadores del tránsito necesarios al mismo;

b) No colocar luces ni carteles que puedan confundirse con indicadores del tránsito o que por su intensidad o tamaño puedan perturbarlo confundiendo al conductor o disminuyendo su visibilidad;

c) Mantener en condiciones de seguridad toldos, cornisas, balcones y cualquier otra saliente sobre la vía pública;

d) Colocar en las salidas a la vía pública, cuando la cantidad de vehículos lo justifique, balizas de luz amarilla intermitente, para anunciar sus ingresos y egresos;

e) Solicitar autorización para colocar inscripciones o anuncios visibles desde vías rurales o autopistas, a fin de que su diseño, tamaño y ubicación, no confundan ni distraigan al conductor, debiendo:

1. Ser de lectura simple y rápida, sin tener movimiento ni dar ilusión al mismo;

2. No confundir ni obstruir la visión de señales, curvas, puentes, encrucijadas u otros lugares peligrosos.



Provincia de Mendoza Artículo 19 Normas para la Seguridad Vial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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