Modelos y diseños industriales (Modelos y diseños industriales) Nacional
Modelos y diseños industriales Nacional
- Artículo 1. El autor de un modelo o diseño industrial, y sus sucesores legítimos,...
- Artículo 2. El derecho reconocido por el artículo anterior es aplicable a los...
- Artículo 3. A los efectos de este Decreto, se considera modelo o diseño industrial las...
- Artículo 4. Para gozar de los derechos reconocidos por el presente Decreto-Ley, el autor...
- Artículo 5. Se presume que quien primero haya registrado un modelo o diseño industrial...
- Artículo 6. No podrán gozar de los beneficios que otorgue este Decreto-Ley:...
- Artículo 7. La protección concedida por el presente decreto tendrá una duración de...
- Artículo 8. La solicitud de registro de un modelo o diseño industrial, la inclusión en la...
- Artículo 9. Una misma solicitud de registro podrá incluir hasta VEINTE (20) modelos o...
- Artículo 10. La solicitud del registro deberá presentarse ante la DIRECCIÓN DE MODELOS Y...
- Artículo 11. La solicitud de renovación del registro deberá presentarse dentro del plazo...
- Artículo 12. La solicitud de registro no podrá ser rechazada sino por incumplimiento de...
- Artículo 13. La DIRECCIÓN DE MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES extenderá el título de...
- Artículo 14. Los modelos o diseños industriales depositados o patentados en el...
- Artículo 15. El titular de un registro de modelo o diseño podrá cederlo total o...
- Artículo 16. Los registros de modelos y diseños industriales, sus renovaciones,...
- Artículo 17. El registro de un modelo o diseño industrial será cancelado cuando el...
- Artículo 18. La acción para pedir la cancelación de un registro establecida en el...
- Artículo 19. El titular de un registro de modelo o de diseño tiene una acción judicial...
- Artículo 20. Todo aquel que haya infringido de buena o mala fe los derechos...
- Artículo 21. Serán reprimidos con una multa mínima equivalente al valor de la tasa o...
- Artículo 22. Los artículos o partes de artículos que impliquen modelos o diseños...
- Artículo 23. Las acciones para la aplicación de las penas impuestas por este decreto serán...
- Artículo 24. Como única medida previa a la iniciación de los juicios civiles o penales...
- Artículo 25. Tanto en los juicios civiles por cesación de uso como en los penales, el...
- Artículo 26. El importe de las multas impuestas por esta ley será ingresado a la...
- Artículo 27. Las acciones para la aplicación de las penas previstas en los artículos 21...
- Artículo 28. Cuando un modelo o diseño industrial registrado de acuerdo con el presente...
- Artículo 29. El presente decreto entrará en vigencia treinta días después de haber...
- Artículo 30. El presente decreto será refrendado por los señores ministros...
- Artículo 31. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General de Boletín Oficial e...
Otras regulaciones
Créase la Aduana de Oberá, Provincia de Misiones Creación del impuesto adicional de emergencia de venta del paquete de cigarrillo Protocolo sobre el Comercio de Servicios entre Mercosur y Chile Programa de unificación monetaria Creación en el ambito del poder legislativo la procuración penitenciariaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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