Misión y funciones de la Subsecretaría de Trabajo (Misión y funciones de la Subsecretaría de Trabajo) Provincia de Mendoza
Misión y funciones de la Subsecretaría de Trabajo Provincia de Mendoza
- Artículo 1. Competencia. Misión
- Artículo 2. Funciones
- Artículo 3. Excepciones
- Artículo 4. Estructura
- Artículo 5. Funciones del Subsecretario
- Artículo 6. Reemplazo
- Artículo 7. Incumbencia
- Artículo 8. Conciliaciones voluntarias
- Artículo 9. Conciliación obligatoria
- Artículo 10. Acuerdos conciliatorios por presentación espontánea
- Artículo 11. Conciliadores
- Artículo 12. Denuncia
- Artículo 13. Audiencia
- Artículo 14. Obligación de comparecer
- Artículo 15. Representación de los trabajadores
- Artículo 16. Honorarios de los letrados de las partes
- Artículo 17. Segunda audiencia
- Artículo 18. Acta acuerdo
- Artículo 19. Homologación
- Artículo 20. Observaciones
- Artículo 21. Apelación
- Artículo 22. Denegación de homologación
- Artículo 23. Ejecución
- Artículo 24. Cosa juzgada
- Artículo 25. Fracaso de conciliación
- Artículo 26. Árbitro
- Artículo 27. Facultades
- Artículo 28. Inspección
- Artículo 29. Difusión educativa
- Artículo 30. Inspección
- Artículo 31. Insalubridad
- Artículo 32. Inspección preventiva
- Artículo 33. Supuestos de aplicación
- Artículo 34. Acta
- Artículo 35. Citación
- Artículo 36. Defensa
- Artículo 37. Pruebas
- Artículo 38. Constancias de expedientes
- Artículo 39. Criterios de graduación de sanciones
- Artículo 40. Liberación
- Artículo 41. Pago en cuotas
- Artículo 42. Ejecución
- Artículo 43. Destino
- Artículo 44. Registro de infractores
- Artículo 45. Aclaratoria
- Artículo 46. Apelación
- Artículo 47. Efecto suspensivo del recurso de aclaratoria
- Artículo 48. Prescripción
- Artículo 49. Funciones
- Artículo 50. Delegaciones
- Artículo 51. Asesores Letrados. Facultades
- Artículo 52. Promoción de demandas
- Artículo 53. Retribución
- Artículo 54. Incompatibilidades
- Artículo 55. Adscripción de abogados
- Artículo 56. Apremio. Funciones
- Artículo 57. Servicio Médico. Funciones
- Artículo 58. Funciones
- Artículo 59. Inscripción
- Artículo 60. Autoridad de aplicación
- Artículo 61. Instancia obligatoria de conciliación
- Artículo 62. Procedimiento
- Artículo 63. Facultades
- Artículo 64. Acuerdo
- Artículo 65. Fracaso. Arbitraje
- Artículo 66. Incumplimiento
- Artículo 67. Servicios esenciales
- Artículo 68. Preaviso
- Artículo 69. Servicios mínimos
- Artículo 70. Comunicación
- Artículo 71. Incumplimiento. Sanciones
- Artículo 72. Creación
- Artículo 73. Integrantes
- Artículo 74. Designación
- Artículo 75. Facultades
- Artículo 76. Convocatoria
- Artículo 77. Garantía de servicios. Difusión
- Artículo 78. Medidas de acción directa nacionales
- Artículo 79. Calificación de medidas de acción directa
- Artículo 80. Apelación
- Artículo 81. Competencia
- Artículo 82. Negociación colectiva
- Artículo 83. Integración
- Artículo 84. Funciones
- Artículo 85. Resoluciones
- Artículo 86. Gratuidad de los procedimientos
- Artículo 87. Cómputo de plazos
- Artículo 88. Aplicación supletoria
- Artículo 89. Modificación
- Artículo 90. Vigencia
- Artículo 91. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Ratifican Decreto 1340/2018 por el cual se dispone la continuación del Programa Gas Natural para Todos Declaración de utilidad pública y expropiación el predio perteneciente a Iscamen Fiesta Provincial a la Fiesta de las Naciones y el Vino que se realiza en enero de cada año en San Rafael Creación del Programa Provincial del Asma Infantil Plan Provincial de Promoción del Empleo compuesto por los Programas Red Provincial de Empleo y ENLACEMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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