Marco regulatorio para la habilitación general de vehículos gastronómicos (Marco regulatorio para la habilitación general de vehículos gastronómicos) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Marco regulatorio para la habilitación general de vehículos gastronómicos Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Artículo 1. Establécese el marco regulatorio para la habilitación general de vehículos...
- Artículo 2. Vehículos Gastronómicos
- Artículo 3. Los vehículos regulados bajo la presente Ley y sus respectivos conductores,...
- Artículo 4. Para la obtención de la habilitación general del vehículo gastronómico o del...
- Artículo 5. No pueden ser habilitados o permisionarios las personas humanas o jurídicas,...
- Artículo 6. Todas las personas que se encuentren dentro del vehículo gastronómico...
- Artículo 7. Son obligaciones del habilitado o permisionario: a. Portar de forma visible...
- Artículo 8. Queda expresamente prohibido para los habilitados y permisionarios: a. La...
- Artículo 9. La habilitación general del vehículo gastronómico autoriza la elaboración y...
- Artículo 10. Desígnese como autoridad a cargo de la habilitación general de vehículos...
- Artículo 11. Requisitos para la obtención de la habilitación general de vehículos gastronómicos
- Artículo 12. La Dirección General de Desarrollo Gastronómico elaborará el registro de...
- Artículo 13. La Habilitación general de Vehículos Gastronómicos tendrá una vigencia de 1...
- Artículo 14. El permiso particular de uso precario autorizará la elaboración y...
- Artículo 15. Desígnese como autoridad a cargo del otorgamiento de permisos particulares...
- Artículo 16. Requisitos para la obtención del permiso particular de uso precario: a....
- Artículo 17. Queda expresamente prohibido para los permisionarios: a. La construcción de...
- Artículo 18. Son obligaciones del permisionario
- Artículo 19. El Ministerio de Ambiente y Espacio Público elaborará el registro de...
- Artículo 20. El Permiso particular de uso precario tendrá una vigencia de 1 (un) año...
- Artículo 21. Corresponderá a las respectivas autoridades de aplicación la determinación...
- Artículo 22. Son causales de revocación de la habilitación general y/o del permiso...
- Artículo 23. Constituye una causal de revocación de la habilitación general de vehículos...
- Artículo 24. Constituyen causales de revocación del permiso particular de uso precario:...
- Artículo 25. Incorpórase a la Ley Tarifaria vigente con el siguiente texto el Artículo 29...
- Artículo 26. Incorpórase en el artículo 47 de la Ley Tarifaria, bajo el acápite "2)...
- Artículo 27. Derógase el artículo 8.3.19 del Capítulo 8.3 "Transporte de sustancias...
- Artículo 28. El Ministerio de Ambiente y Espacio Público determinará las zonas donde los...
- Artículo 29. Comuníquese, etc.
Otras regulaciones
Regulación de la actividad de Establecimientos para personas mayores que brindan prestaciones en el ámbito Imposición del nombre Mercedes Sosa a la Escuela Infantil N 8 Distrito Escolar N 15 Institúyese el Día de la Prevención de la Hepatitis Institución del día 15 de septiembre de cada año como Día por el Derecho a la Adopción Procedimiento Administrativo para la Defensa de los Derechos del Consumidor y del UsuarioMejores juristas
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en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)
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