Ley Provincial de Juventud (Ley Provincial de Juventud) Provincia del Chaco
Ley Provincial de Juventud Provincia del Chaco
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Sujetos comprendidos
- Artículo 3. Política de Estado
- Artículo 4. Finalidad
- Artículo 5. Pautas
- Artículo 6. Observancia
- Artículo 7. Integralidad y transversalidad
- Artículo 8. Articulación institucional
- Artículo 9. Participación joven
- Artículo 10. Diversidad
- Artículo 11. Empleo
- Artículo 12. Vivienda
- Artículo 13. Creación
- Artículo 14. Definición
- Artículo 15. Funciones
- Artículo 16. Creación
- Artículo 17. Instrumentación
- Artículo 18. Sede
- Artículo 19. Funciones
- Artículo 20. Creación
- Artículo 21. Instrumentación
- Artículo 22. Funciones
- Artículo 23. Créase en el ámbito del Poder Ejecutivo el Registro de Organizaciones...
- Artículo 24. Fondo Joven
- Artículo 25. Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que...
- Artículo 26. Invítase a los municipios a adherir a la presente.
- Artículo 27. Derógase toda normativa que se oponga a las prescripciones de la presente.
- Artículo 28. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Juicio de Residencia Suplemento no remunerativo y no bonificable para el personal de la Policía Provincial y Servicio Penitenciario Provincial Construccción de dos mástiles para el izamiento de las Banderas Argentinas y del Chaco Creación de dos nuevas Fiscalías de Investigación Penal dependientes de la Segunda Circunscripción Judicial Institución como Día del Agente de Fiscalía de Estado de la Provincia del Chaco el 15 de septiembre de cada añoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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