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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 241 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial Santa Fe
Artículo 241.

La Corte dicta sentencia por escrito y fundada en las reglas de la sana crítica.

La sustanciación del sumario administrativo por hechos que puedan configurar delitos y la imposición de las sanciones pertinentes en el orden administrativo, son independientes de la causa penal. El sobreseimiento o absolución emitidas en el proceso penal no impiden la sanción disciplinaria administrativa cuando en tal sede se ha configurado una falta, salvo que aquellas resoluciones determinen que el imputado no es el autor del hecho o que este no existio.

El sobreseimiento o la absolución en la causa penal, no habilitan no habilitan al agente a continuar en el servicio si es sancionado con la remoción en el sumario administrativo.

La sanción que se imponga en el procedimiento disciplinario, pendiente la causa penal, tendrá carácter provisional y podrá ser sustituída por otra de mayor gravedad luego de dictada la sentencia de aquélla.



Provincia de Santa Fe Artículo 241 Ley Orgánica del Poder Judicial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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