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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 123 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial Entre Ríos
Artículo 123. Atribuciones y deberes de los secretarios

1. Poner al despacho del juez o Tribunal los escritos y documentos que se presentaren en la secretaría.

2. Preparar el despacho de trámite de las causas que debe firmar el presidente de cámara o salas o el juez.

3. Controlar personalmente el registro de los fallos, el que deberá ajustarse estrictamente al original.

4. Llevar el fichero de jurisprudencia.

5. Mantener en custodia bajo su responsabilidad, los documentos desglosados de los autos por razones de seguridad.

6. Asistir a las audiencias y autorizar las diligencias y demás actuaciones que pasen ante él.

7. Llevar el movimiento de los fondos depositados en los juicios.

8. Vigilar que sean llevados al día los libros que exigen la ley y los reglamentos.

9. Organizar los expedientes a medida que se vayan formando, numerar y rubricar sus fojas a medida que se agreguen y cuidar que se conserven en buen estado.

10. Expedir los testimonios y certificados que se ordenen.

11. Practicar o mandar practicar las notificaciones en el tiempo y forma prescriptos por la ley.

12. Permanecer en sus oficinas durante el horario de tribunales y controlar el cumplimiento de sus obligaciones a los empleados de secretaría.

13. Exigir recibo por todo expediente que se entregue.

14. Desempeñar las demás funciones que les asignan los Códigos Procesales, leyes y disposiciones reglamentarias.

15. Proyectar o dictar en su caso, las providencias de mero trámite, conforme a las leyes procesales.

16. Controlar el movimiento de la tasa de justicia y de las leyes impositivas, cuando se refieran a impuestos y tasas que graven a contratos o documentos que se agreguen a autos y/o actuaciones realizadas en los expedientes.

17. Controlar el pago de los honorarios profesionales y los aportes con destino al Colegio de Abogados de Entre Ríos y Caja Forense de Entre Ríos.

18. Otorgarán mediante actas judiciales, los instrumentos públicos respecto de los actos jurídicos de conformidad al Código Civil y las leyes, con los efectos en ellos establecidos.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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