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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 11 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial Entre Ríos
Artículo 11. Impugnación

La resolución sancionatoria podrá ser impugnada por el recurso de reposición ante la misma autoridad, y por el recurso de apelación ante el Superior Tribunal. Ambos tendrán efecto suspensivo, y deberán interponerse dentro del quinto día de notificado. El recurso de apelación podrá deducirse en subsidio en el mismo acto en que se interponga el de revocatoria. Contra las resoluciones del Superior Tribunal sólo podrá interponerse el recurso de revocatoria. No serán apelables las sanciones de prevención y apercibimiento aplicadas por las cámaras o sus salas en uso de las facultades que les otorgan los arts. 9º, incs. 1, 2, 3 y 50, inc. 5; como asimismo las suspensiones de hasta tres días que se apliquen en virtud de lo establecido por la ley 5143.



Provincia de Entre Ríos Artículo 11 Ley orgánica del Poder Judicial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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