Ley Orgánica de los Partidos Políticos (Ley Orgánica de los Partidos Políticos) Provincia del Chubut
Ley Orgánica de los Partidos Políticos Provincia del Chubut
- Artículo 1. La constitución, organización, derechos, obligaciones y funcionamiento de los...
- Artículo 2. Todos los ciudadanos tienen el derecho de asociarse con fines políticos, como...
- Artículo 3. Los partidos políticos provinciales y municipales que se reconozcan como...
- Artículo 4. Los partidos políticos provinciales podrán integrar alianzas. A tal efecto...
- Artículo 5. A los partidos políticos provinciales y municipales, debidamente reconocidos,...
- Artículo 6. Podrán actuar como asociaciones regidas por el derecho privado, todas...
- Artículo 7. El nombre constituye un atributo exclusivo del partido político provincial,...
- Artículo 8. La denominación "Partido" o "partido municipal" podrá ser utilizada...
- Artículo 9. El nombre no podrá contener designaciones personales ni derivadas de ellas,...
- Artículo 10. Cuando por causa de caducidad se cancelare la personalidad política de un...
- Artículo 11. Los partidos provinciales o municipales tendrán derecho al uso permanente de...
- Artículo 12. Los partidos provinciales o municipales reconocidos tienen derecho al...
- Artículo 13. A los fines de esta Ley el domicilio electoral es el último anotado en el...
- Artículo 14. Los ciudadanos de las Municipalidades y de las Comisiones de Fomento, tienen...
- Artículo 15. Para que una agrupación municipal sea reconocida como partido político...
- Artículo 16. La solicitud establecida en el artículo anterior deberá ir acompañada de la...
- Artículo 17. Para poder actuar como partido político provincial, las agrupaciones deberán...
- Artículo 18. El documento que acredite la adhesión del número mínimo de electores que...
- Artículo 19. Presentada la documentación que acredite el cumplimiento del requisito mínimo...
- Artículo 20. Dentro de los dos (2) meses de producido su reconocimiento, los partidos...
- Artículo 21. Dentro de los tres (3) meses de producido el reconocimiento, las autoridades...
- Artículo 22. Las agrupaciones que hayan sido reconocidas como partidos políticos de...
- Artículo 23. La presentación se efectuará en forma escrita, acompañando además: Carta...
- Artículo 24. Los partidos provinciales y municipales reconocidos podrán confederarse para...
- Artículo 25. Los partidos confederados tienen el derecho de secesión y podrán denunciar el...
- Artículo 26. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, los partidos...
- Artículo 27. I- La carta Orgánica es la Ley fundamental del partido provincial o municipal...
- Artículo 28. Con anterioridad a la elección de candidatos, los organismos partidarios...
- Artículo 29. Para afiliarse a un partido político, ya sea éste provincial o municipal, se...
- Artículo 30. No pueden ser afiliados: a) Los excluidos del Registro Electoral, como...
- Artículo 31. I- La calidad de afiliado se adquirirá a partir de la resolución de los...
- Artículo 32. El registro de afiliados, constituido por el ordenamiento actualizado de las...
- Artículo 33. I - Con antelación mínima de dos meses a cada elección interna las...
- Artículo 34. I- Los partidos provinciales y municipales deberán respetar para su...
- Artículo 35. I - Además de los libros y documentos que prescriba la Carta Orgánica, los...
- Artículo 36. El Tribunal Electoral deberá llevar un registro en el cual se inscribirán los...
- Artículo 37. El patrimonio del partido provincial o municipal, se integrará con las...
- Artículo 38. Los partidos provinciales o municipales no podrán aceptar o recibir, directa...
- Artículo 39. I - Los partidos provinciales, municipales o confederaciones que...
- Artículo 40. El producido de las multas que se aplicaren en virtud de las disposiciones...
- Artículo 41. Los bienes inmuebles adquiridos con fondos partidarios o que provinieren de...
- Artículo 42. Los muebles o inmuebles pertenecientes a los partidos provinciales o...
- Artículo 43. Comprenderá, igualmente, los bienes de renta del partido provincial o...
- Artículo 44. Los partidos provinciales o municipales deberán: a) Llevar contabilidad...
- Artículo 45. I- La caducidad implicará la cancelación de la inscripción del partido...
- Artículo 46. Son causas de caducidad de la personalidad política de los partidos...
- Artículo 47. Los partidos provinciales y/o municipales se extinguen: a) Por las...
- Artículo 48. La cancelación de la personalidad política y la extinción de los partidos...
- Artículo 49. En caso de declararse la caducidad de un partido, provincial o municipal...
- Artículo 50. Los bienes del partido provincial o municipal extinguido tendrán el destino...
- Artículo 51. Sin perjuicio de lo establecido en el Capítulo I, Título IV, los partidos...
- Artículo 52. El estado provincial contribuirá al financiamiento de los partidos políticos...
- Artículo 53. El Fondo Partidario Permanente será administrado por el Ministerio de...
- Artículo 54. El Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Transporte recibirá el veinte...
- Artículo 55. En el primer mes de cada año el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y...
- Artículo 56. Los recursos disponibles para el aporte anual para el desenvolvimiento...
- Artículo 57. Para el caso de los partidos que hubieran concurrido a la última elección...
- Artículo 58. Los partidos deberán destinar por lo menos el veinte por ciento (20%) de lo...
- Artículo 59. El pago del aporte para el desenvolvimiento institucional sólo se efectuará...
- Artículo 60. Los partidos políticos podrán obtener para su financiamiento, con las...
- Artículo 61. Los partidos políticos no podrán aceptar o recibir, directa o indirectamente:...
- Artículo 62. Los partidos políticos no podrán recibir por año calendario donaciones de:...
- Artículo 63. Las donaciones realizadas por personas físicas o jurídicas al Fondo...
- Artículo 64. Los partidos políticos provinciales reconocidos podrán intervenir en las...
- Artículo 65. Los partidos políticos deberán constituir a los efectos de la presente Ley el...
- Artículo 66. Se denomina elección primaria a las elecciones primarias abiertas,...
- Artículo 67. El elector votará en el mismo lugar en las dos elecciones, salvo razones...
- Artículo 68. Los electores deben emitir un (1) solo voto por cada categoría de cargos a...
- Artículo 69. Hasta cincuenta y cinco (55) días antes de las elecciones primarias las...
- Artículo 70. Presentada la solicitud de oficialización, la Junta Electoral de cada...
- Artículo 71. La solicitud de revocatoria podrá acompañarse de apelación subsidiaria en...
- Artículo 72. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, la resolución de la...
- Artículo 73. La declaración de principios y el programa o bases de acción política, deberá...
- Artículo 74. El Tribunal Electoral Provincial, de oficio o a requerimiento de las...
- Artículo 75. La designación de Veedores recaerá sobre integrantes del Tribunal Electoral...
- Artículo 76. El Veedor designado por el Tribunal Electoral Provincial tendrá las funciones...
- Artículo 77. El procedimiento contencioso ante el Tribunal Electoral Provincial es...
- Artículo 78. Cuando la cuestión planteada fuese contenciosa se sustanciará por escrito. En...
- Artículo 79. De la presentación se correrá traslado a la contraria por cinco (5) días a...
- Artículo 80. Contra la sentencia procederá el recurso Extraordinario en la forma y...
- Artículo 81. El estado provincial garantizará la libertad de propaganda y proselitismo...
- Artículo 82. Los partidos políticos provinciales o municipales y las alianzas,...
- Artículo 83. Dentro del plazo de sesenta (60) días a contar desde la vigencia de la...
- Artículo 84. Abrogase la Ley XII N° 2 (Antes Ley 2126).
- Artículo 85. LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Declaración de la Emergencia en los Servicios, Divisiones y Secciones de Cirugía y/o Clínica Quirúrgica Adhesión a la Ley Nacional 27.428 Autorizaron al señor gobernador de la provincia a requerir el auxilio de fuerzas de seguridad nacionales Adhesión a la ley nacional 27.043 Aprueban el Convenio entre la Provincia del Chubut y las firmas YPF SA e YPF GAS SAMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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