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Ley marco de regulación del empleo público Artículo 56 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley marco de regulación del empleo público Entre Ríos
Artículo 56.

El personal tiene derecho a la jubilación de conformidad con las leyes provinciales que rijan, pudiendo ser intimado a iniciar los trámites jubilatorios cuando reúna requisitos exigidos para obtener la jubilación ordinaria, siempre que habiendo transcurrido 60 días de estar en condiciones de acceder al beneficio, el agente no los hubiese iniciado, autorizándolos a que continúen en la prestación de sus servicios por un período máximo de un año a partir de la intimación respectiva.

Igual previsión regirá para el personal que solicitare voluntariamente su jubilación o retiro.

El agente que hubiere obtenido la jubilación por invalidez con carácter provisional, al desaparecer las causas que la motivaron, reingresará a sus tareas o aquéllas para las que resulte apto y de equivalente nivel y jerarquía a las que tenía en el momento de egreso.

El personal que goza de jubilación o retiro no tiene derecho a la estabilidad.

Provincia de Entre Ríos Artículo 56 Ley marco de regulación del empleo público
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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