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Ley marco de regulación del empleo público Artículo 49 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley marco de regulación del empleo público Entre Ríos
Artículo 49.

El personal tiene derecho a igualdad de oportunidades en el desarrollo de la carrera administrativa, a través de los mecanismos que se determinen. Las promociones a cargos vacantes sólo procederán mediante sistemas de selección de antecedentes, méritos y aptitudes, de conformidad a lo establecido en la presente ley.

El Convenio Colectivo de Trabajo deberá prever los mecanismos de participación y de control que permitan a las asociaciones sindicales verificar el cumplimiento de los criterios indicados.

Cada trabajador tendrá un legajo personal único en el que constarán los antecedentes de su actuación y, en general, de toda constancia relevante para su desempeño en la Administración Pública y del cual tendrá vista el interesado a su sola solicitud, conforme a la ley de habeas data.

El trabajador será calificado una vez al año, conforme establezca la reglamentación y el convenio colectivo de trabajo. Deberá ser notificado de la calificación y sus fundamentos, asistiéndole el derecho de interponer el recurso correspondiente. Se premiará el mérito, la iniciativa, proyectos y actitudes de trabajo que redunden en economía y eficiencia de servicio.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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