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Ley Impositiva Artículo 12 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley Impositiva Entre Ríos
Artículo 12.

Por los actos, contratos y operaciones que a continuación se enumeran se deberá pagar el impuesto que en cada caso se establece:

Actos y contratos en general - 2020 - 2021 - 2022 - 2023 1) Acciones y derechos: Cesión. Por las cesiones de acciones y derechos - 1% - 0,50% - 0.25% - 0% 2) Actos y contratos en general: - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% No gravados expresamente:

Si su monto es determinado o determinable - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% Si su monto no es determinado o determinable - $ 110 - $ 110 - $ 110 Gravado expresamente:

Cuando su monto no es determinado o determinable - $ 110 - $ 110 - $ 110 3) Billetes de lotería: por la venta en jurisdicción de la Provincia de billetes de lotería, sobre el precio - 1,00% - 0,50 - 0,25% - 0% 4) Concesiones: Por las concesiones otorgadas por cualquier autoridad administrativa, salvo las que tengan tratamiento expreso - 1,00% - 0,50% - 0,25% - 0% 5) Contratos de suministros de obras y servicios públicos:

Por los contratos de suministros de obras y servicios públicos - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% Por los actos, contratos, solicitudes o instrumentos semejantes por prestaciones semejantes por prestaciones de servicios continuos - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% 6) Contratos. Rescisión. Por la rescisión de cualquier contrato instrumentado privada o públicamente, el cincuenta por ciento del impuesto correspondiente al contrato que se rescinde - 50,00% - 50,00% - 50,00% - 0% 7) Deudas: Por los reconocimientos de deuda - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% 8) Garantías personales: Por fianza, garantía o aval - 0,40% - 0,50% - 0,25% - 0% 9) Locación y sublocación: Por la locación de obras, de servicios y locación y sublocación de muebles o inmuebles y por sus cesiones o transferencias - 1,00% - 0,50% - 0,25% - 0% 10) Mercaderías y bienes muebles: Por cada compraventa de mercaderías o bienes muebles en general - 1,00% - 0,50% - 0,25% - 0% 11) Mutuo: De mutuo - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% 12) Novación: De novación - 1% - 0,50% - 0,26% - 0% 13) Obligaciones: Por las obligaciones de pagar sumas de dinero - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% 14) Prenda:

a) Por la constitución de prenda - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% b) Por la transferencia o endosos - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% c) Por la cancelación total o parcial - 0,40% - 0,40% - 0,25% - 0% Con un mínimo de: - $ 110 - $ 110 - $ 110 15) Renta vitalicia: Por la constitución de rentas vitalicias - 1,00% - 0,50% - 0,25% - 0% 16) Transacciones:

Por las transacciones instrumentadas pública o privadamente o realizadas en actuaciones administrativas - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% 17) Los actos, contratos, planillas, liquidaciones o cualquier otro acto o hecho que exteriorice operaciones de compraventa de cereales, oleaginosos y de subproductos - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% Quedan exceptuadas las que correspondan a productos industrializados o los subproductos - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% Quedan exceptuadas las que correspondan a productos industrializados o los subproductos que resulten en dichos procesos, para ser reprocesados o no, y en tanto dichas operaciones sean facturadas por el industrializador. Cuando los instrumentos gravados se inscriban en la Cámara Arbitral de Cereales de Entre Ríos y/o Bolsa de Cereales de Entre Ríos, el gravamen se reducirá al: - 0,15% - 0,15% - 0,15% - 0% 18) Por la división de condominio sobre bienes muebles - 0,30% - 0,30% - 0,25% - 0% 19) Por la renuncia de derechos hereditarios o creditorios - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% 20) Por la disolución de la sociedad conyugal, cualquiera sea la causa - 1,00% - 0,50% - 0,25% - 0% 21) Actos, contratos o instrumentos de suscripción a planes o sistemas que efectúen requerimientos y/o captación de dinero al público y/o administración de fondos de tercero con la promesa de adjudicación, y/o entrega de bienes futuros, mediante patrón aleatorio (planes de ahorro, círculos cerrados, círculos abiertos, sistemas 60 x 1000 y/o similares) - 1,00% - 0,50% - 0,25% - 0% 22) Por contratos de fideicomisos - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% 23) Por contratos de leasing - 1% - 0,50% - 0,25% - 0% 24) Sociedades:

a.- Por la transferencia de fondos de comercio, de establecimientos comerciales, industriales, mineros y de cuotas o participaciones en sociedades civiles y comerciales, su valor se establecerá de acuerdo al patrimonio neto - 0,50% - 0,50% - 0,25% - 0% b.- En el caso de la cesión de cuotas onerosa la alícuota se aplicará sobre el patrimonio neto prorrateado de acuerdo a la cantidad de cuotas cedidas: 0,50% - 0,50% - 0,25% - 0% Con un mínimo de - $ 140 - $ 140 - $ 140 c- En las modificaciones de los contratos o estatutos sociales por los que se cambie el nombre, prorrogue o se reconduzca el plazo de la sociedad el impuesto se determinará sobre el patrimonio neto - 0,50% - 0,50% - 0,25% - 0% Con un mínimo de - $ 140 - $ 140 - $ 140 d- Si se trata de una escisión el impuesto se determinará de acuerdo al patrimonio neto que se escinde - 0,50% - 0,50% - 0,25% - 0% Con un mínimo de - $ 140 - $ 140 - $ 140 e- Si se trata de una fusión el impuesto determinara sobre el impuesto se determinará sobre el patrimonio neto resultante del acuerdo de fusión - 0,50% - 0,50% - 0,25% - 0% Con un mínimo de - $ 140 - $ 140 - $ 140 f- En el caso de disolución, liquidación y reducción de capital, de sociedades sin perjuicio del pago de impuestos que correspondan por las adjudicaciones que se realicen - $ 110 - $ 110 - $ 110 25) Por cada copia de los actos, contratos operaciones instrumentadas privadamente - $ 30 - $ 30 - $ 30



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en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?

Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.

No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.


Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?


Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)


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