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Ley General de Obras Públicas Artículo 32 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley General de Obras Públicas La Pampa
Artículo 32.

Tratándose de licitación privada, se llamará a cinco (5) licitadores entre los inscriptos a quienes se invitará con quince (15) días de anticipación como mínimo, salvo casos de urgencia en que el plazo podrá reducirse con la conformidad del Consejo de Obras Públicas. Se fijará lugar, día y hora para la apertura de propuestas, que se presentarán en sobre cerrado. Se agregará al expediente constancia fehaciente de la licitación y se labrará acta en igual forma que para las licitaciones públicas.

Provincia de La Pampa Artículo 32 Ley General de Obras Públicas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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