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Ley General de Obras Públicas Artículo 12 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley General de Obras Públicas La Pampa
Artículo 12.

En casos especiales o cuando la obra exceda de Pesos Setecientos Ochenta y Siete Mil ($ 787.000,00), el Poder Ejecutivo podrá llamar a concurso de proyectos y acordar premios, graduados según su perfección. Los trabajos que se presenten deberán cumplir las exigencias del artículo anterior.

Excepcionalmente el Poder Ejecutivo podrá limitar dichos concursos a un cierto número de profesionales de reconocida competencia y aún contratar la confección del proyecto y dirección de la obra con un profesional de actuación destacada y renombre en la especialidad, debiendo a tal fin establecerse en la provincia de La Pampa, fijar domicilio en la misma e inscribirse en el respectivo Colegio Profesional. En este caso la dirección de las obras quedará librada a la exclusiva responsabilidad de dicho profesional, quien deberá ajustar su actuación a las disposiciones de esta Ley.

La forma y modalidad de pago, y los procedimientos de actualización, certificación y conformidad de los contratos previstos en este artículo, se establecerán en la reglamentación.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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