Ley de Responsabilidad Social y Ambiental (Ley de Responsabilidad Social y Ambiental) Provincia de Tucumán
Ley de Responsabilidad Social y Ambiental Provincia de Tucumán
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Definición
- Artículo 3. Ambito de Aplicación
- Artículo 4. Definición
- Artículo 5. Contenido
- Artículo 6. Presentación
- Artículo 7. Evaluación
- Artículo 8. Aprobación y Publicación
- Artículo 9. Vigencia
- Artículo 10. Condiciones para el otorgamiento del Certificado Tucumano de Responsabilidad Social y Ambiental
- Artículo 11. Registro Provincial de Sujetos Certificados
- Artículo 12. Beneficios
- Artículo 13. Autoridad de Aplicación
- Artículo 14. Atribuciones
- Artículo 15. Se invita a los Municipios a dictar las normas necesarias para facilitar y...
- Artículo 16. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en el plazo de sesenta (60)...
- Artículo 17. Comuníquese
Otras regulaciones
Expropiación. Se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el municipio de Monteros Se autoriza en todo el territorio, la realización de carreras cuadreras Declaración del día 8 de Octubre de 2014 como Día del Bicentenario de le creación Ratifica Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia N° 2/1 Declaración de Emergencia en la Atención Primaria y Preventiva de la Salud Mental, por el término de dos añosMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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