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Ley Nº 2838: de recategorización del Personal Permanente de la Administración Pública Provincial Artículo 3 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/03/2024

Ley Nº 2838: de recategorización del Personal Permanente de la Administración Pública Provincial La Pampa
Artículo 3.

A los efectos indicados en los artículos anteriores, se procederá de la siguiente manera:

a) Se computará la antigüedad total del agente a contar de la fecha de su ingreso en el escalafón que revista actualmente en la Administración Pública Provincial y hasta el 30 de junio de 2014, con excepción de aquellos agentes que hayan sido reubicados entre los escalafones que trata el artículo anterior, para cuyo caso se computará la antigüedad total desde la fecha de ingreso en el escalafón de origen y hasta el 30 de junio de 2014.

b) Sobre la base del cómputo realizado y aplicando la relación del artículo 2° se determinará una categoría teórica a partir de la categoría legal de ingreso fijada en el TITULO III - INGRESO de la Ley 643 (modificado por la Norma Jurídica de Facto 751/76) y en el TITULO IV- ESCALAFONAMIENTO y TÍTULO V - INGRESO de la Ley 1279 y sus modificatorias, y hasta el máximo previsto en el artículo 1° de la presente Ley.

c) Si el agente revista en una categoría igual o superior a la obtenida mediante el cálculo indicado en el inciso anterior, la conservará; si revista en una categoría inferior, se lo promoverá automáticamente a la categoría determinada en función de su antigüedad general y procedimiento de esta Ley; y d) Si en el período enero de 2006 a junio 2014, el agente registrara suspensión por más de quince (15) días no tendrá derecho al régimen de promoción que se establece en la presente Ley; si registrara menos de quince (15) días, por cada tres (3) días de suspensión se descontará un año del total de la antigüedad computada. En caso de sanciones, disciplinarias no resueltas, la promoción automática quedará en suspenso y a las resultas del sumario administrativo respectivo.

A tales efectos se sumarán todos los días de sanción aplicados en la totalidad del tiempo de antigüedad computada.



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la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


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