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Ley de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial 2015 Artículo 22 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial 2015 Santiago del Estero
Artículo 22.

Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de 2015, la vigencia de los Artículos 4 y 25 de la Ley N. 5.986 prorrogados por la Ley N. 7.138.

Asimismo establécese hasta la fecha indicada en el párrafo anterior, la suspensión de las ejecuciones de sentencias contra la Provincia y la inembargabilidad de los bienes, Rentas Fiscales provenientes de Coparticipación Federal, Fondos Especiales, Fondos Depositados en Cuentas Corrientes y todo otro bien, renta o recurso indispensable para el desarrollo normal o que tenga por objeto satisfacer impostergables necesidades públicas del Estado Provincial, Entes Autárquicos o Sociedades del Estado en las que se acredite necesidades de capital, conforme lo establecía la Ley 6.701.

Exceptúase del párrafo anterior:

a) Los créditos por daños, a la vida o la salud de las personas.

b) Toda prestación de naturaleza alimentaria.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 22 Ley de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial. Ejercicio 2015
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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