Imprimir

Ley de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial 2015 Artículo 13 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial 2015 Santiago del Estero
Artículo 13.

Ratifícase el Decreto N. 1.056 del 06 de Octubre del 2005, por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo a emitir Bonos de Consolidación Serie II (Ley N. 6.546), para el pago de obligaciones no previsionales, hasta la suma de PESOS: SESENTA MILLONES ($ 60.000.000), a su valor nominal al 31 de Diciembre de 2001.

Autorízase, de conformidad con el párrafo anterior, al Poder Ejecutivo, a realizar operaciones de crédito público por los montos que se indicarán, para cada período anual, en las partidas presupuestarias, a su valor efectivo de colocación de los Bonos. A tal efecto, el Poder Ejecutivo podrá crear o modificar las partidas presupuestarias que sean necesarias para la emisión de Bonos, así como aquellas necesarias para el pago de los cupones por amortización y rentas de los mismos.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 13 Ley de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial. Ejercicio 2015
Artículo 1 ...11 12 13 14 15 ...34

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse