Imprimir

Ley de Ministerios Artículo 14 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley de Ministerios La Pampa
Artículo 14.

Son funciones genéricas de las Subsecretarías, las siguientes:

1) Colaborar con el Ministro o Secretario, según el caso, en la solución de los problemas propios de su competencia;

2) Someter a consideración del Ministro o Secretario, según el caso, los proyectos de decretos y resoluciones que corresponde dictar respecto de asuntos de competencia de la jurisdicción;

3) Suscribir providencias de pases de expedientes y actuaciones y solicitudes de informes;

4) Informar por escrito, emitiendo opinión fundada sobre los asuntos en trámite, cuando así se lo requiriese el Ministro o Secretario, según el caso;

5) Realizar, con la previa aprobación del Ministro o Secretario, funciones de dirección, supervisión, coordinación y ejecución relacionadas con las funciones específicas del Ministerio y/o Secretaría en su área; y 6) Poner en posesión de su cargo a los funcionarios cuando así lo disponga el Ministro o Secretario, según el caso.

 


Provincia de La Pampa Artículo 14 Ley de Ministerios
Artículo 1 ...12 13 14 15 16 ...50

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse